Preguntas y respuestas sobre la Golden visa y la residencia de inversores. Parte III: Preguntas generales sobre el visado y la residencia de inversores

Preguntas y respuestas sobre la Golden visa y la residencia de inversores. Parte III: Preguntas generales sobre el visado y la residencia de inversores

El 28 de septiembre de 2013 la nueva Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internalización entró en vigor en España. La ley presupone el otorgamiento de documentos especiales permitiendo a los emprendedores residir en el territorio del país. Muchos materiales sobre este tema ya han aparecido en Internet y en la publicación impresa, aunque algunos de ellos contienen información contradictoria que simplemente despista y desorienta al lector.

Aquí les ofrecemos las respuestas a las preguntas más frecuentes de nuestros clientes sobre el otorgamiento de la denominada Golden visa y/o la residencia para los que invierten dinero en el sector inmobiliario en España. Tenemos bastante información, por eso la hemos dividido en tres partes.

PARTE III. Preguntas generales sobre el visado y la residencia de inversores.

¿Mi familia puede solicitar los documentos junto conmigo?

El cónyuge oficial (incluso la pareja de hecho), los padres y los hijos del inversor inmobiliario pueden solicitar el visado y la residencia de inversores junto con él o ella. La vigencia de estos documentos dependerá de lo más importante: de la manutención de vigencia del visado o de la residencia del mismo inversor. Es decir, al vencer el visado o la residencia del inversor, los visados o residencias de los miembros de su familia vencerán igualmente.

¿Mis hijos mayores de edad pueden solicitar los documentos junto conmigo?

Según la última modificación de la ley, los hijos mayores de edad de los inversores pueden solicitar los documentos sólo en caso si dependen de sus padres y todavía no han creado sus propias familias.

Habiendo obtenido el visado o la residencia de inversores, ¿me hago contribuyente en España?

Ni el visado de inversores, ni la residencia de inversores automáticamente le hace contribuyente en España. Para ser considerado contribuyente, es necesario estar en el territorio del país al menos 183 días al año. Ninguno de estos documentos le obliga a estar algún plazo mínimo en el territorio de España.

¿Es posible obtener la residencia a largo plazo y la ciudadanía española posteriormente?

SI lo desea, es posible presentar los documentos para la residencia de larga duración al pasar los primeros 5 años, y 10 años después ya se puede solicitar la ciudadanía española. No obstante, es importante darse cuenta de que, en este caso, los períodos de ausencia en el territorio de España en total tienen que equivaler a no más de 10 meses por cada 5 años. Así que, existen dos opciones:

1) Si no quiere hacerse contribuyente y no desea solicitar la residencia de larga duración y la ciudadanía española: puede solicitar y prolongar la residencia de inversores y estar en España menos de 183 días al año.

2) Si su primer objetivo es mudarse a España para vivir permanentemente: puede obtener la residencia de inversores, pagar tasas, prolongarla, al pasar 5 años obtener la residencia de larga duración, y al pasar 10 años obtener la ciudadanía española.

¿El objeto de compra tiene que ser sólo un inmueble residencial, o, por ejemplo, una oficina o un terreno?

La frase “bienes inmuebles en España” se entiende en el sentido amplio por la nueva ley. Incluye: propiedades residenciales, objetos comerciales, terrenos, parkings, oficinas, incluso instalaciones de fábricas. Pueden ser inmuebles nuevos, de segunda mano, en construcción, además de terrenos dentro o fuera de la ciudad.

¿Sólo un inmueble o también varios inmuebles se consideran un objeto de inversión?

Uno o más objetos por valor mínimo de 500.000 euros en total sin tasas se consideran una inversión.

¿Se puede formalizar una compra para una empresa y también obtener el visado o la residencia de inversores?

Inversiones en bienes inmuebles se pueden efectuar a nombre de una empresa. La dirección jurídica de esta compañía no puede ser registrada en las denominadas “países de paraísos fiscales”. Para solicitar el visado o residencia de inversores, el solicitante tiene que tener participaciones de control.

¿Puedo alquilar los inmuebles adquiridos en España?

Se puede alquilar los muebles adquiridos en España.

En caso si compré inmuebles por el precio indicado antes de la publicación de la ley, ¿puedo solicitar el visado o la residencia de inversores?

Desafortunadamente, la ley no tiene efecto retroactivo, así que los inmuebles adquiridos en España antes de la publicación de la ley (el 28 de septiembre 2013) no se considerarán inversiones que dan derecho a obtener el visado o la residencia de inversores.

Si he comprado una propiedad por un precio menor que el indicado abajo antes de la publicación de la ley, y después de su publicación compré inmueble(s) por el precio que faltaba, ¿puedo solicitar el visado o la residencia de inversores?

En este caso, el Consulado de España niega el visado de inversores, argumentándolo por insuficiente volumen de inversiones. Como mencionado antes, la ley no tiene efecto retroactivo y los inmuebles adquiridos en España antes del 28 de setiembre 2013 no se consideran inversiones otorgando derecho de obtener el visado o la residencia de inversores.

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Preguntas sobre el visado de inversores: PARTE I.Golden visa.

Preguntas sobre residencia de inversores: PARTE II.La residencia de inversores.

Top House Realty asesora a sus clientes sobre la obtención de la Golden visa y la residencia de inversores. Para más información, puede contactar con nosotros a través del teléfono +(34) 931 794 843 o vía e-mail info@tophouserealty.com.

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